jueves, 10 de marzo de 2016

ACOSO INMOBILIARIO

¿Qué es el mobbing inmobiliario?

Puede definirse como prácticas antisociales basadas en el acoso y abuso para forzar que alguien se vaya de su casa, independientemente de que ésta sea propia o arrendada. La picaresca y artimañas son variadas: desde inducir la entrada de okupas en el edificio o de vecinos perturbadores, a la negativa del arrendador de cobrar la renta, pasando por la falta de higiene y de mantenimiento de la vivienda o del edificio, con cortes en los suministros básicos de agua y luz. El objetivo no es otro que desahuciar al arrendatario bajo una falsa apariencia de legalidad, convencerle para que él mismo abandone la vivienda o minar su paciencia e integridad moral, prácticas todas ellas que constituyen fraude y delito.

Tratamiento legal del mobbing

Abandonar el edificio para generar la declaración de ruina y la negativa a cobrar la renta son las principales estrategias que se utilizan para echar a un inquilino despistado de renta antigua. A estos dos primeros métodos, donde la frontera entre lo lega y lo delictivo es más difusa, se suman los casos de amenazas, coacciones, allanamiento de morada, daños, injurias o calumnias, todos ellos delitos, o faltas ya tipificados en el Código penal. En cualquier caso, el pasado verano se propuso una reforma legal que penalizaba especialmente tales abusos, ya que el acoso lesiona la integridad moral de la persona, que es un derecho constitucional.

¿Cuál es el fin? 

Naturalmente es económico, de mas esta decir. Por ejemplo en los Estados Unidos ya en el año 1963, los agentes inmobiliarios se aprovechaban de los prejuicios raciales de los habitantes de áreas residenciales a los que les comunicaban falsamente que se avecinaban la adquisición masiva de viviendas cuyos nuevos propietarios eran personas de color. Puede ser la adquisición de la vivienda a precio irrisorio o buscar la culminación del contrato de alquiler por parte del locatario, accionando judicialmente despues por incumplimiento de contrato. 

¿Cómo se puede acosar inmoniliariamente”?

* Negativa a cobrar la renta o alquiler del inmueble. 
* Negativa a efectuar arreglos tendientes al mantenimiento del inmueble. 
* Negativa a los suministros básicos de inmuebles. 
* Actos de hostigamiento y violencia contra la victima a través de terceros.

El ACOSO LABORAL

El acoso laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio.

En el ámbito del trabajo, cada persona actúe con responsabilidad, cumpliendo con sus obligaciones y desempeñándose en equipo con sus compañeros. Sin embargo, un trabajador puede ser víctima de acoso laboral cuando otro empleado o su jefe se dedican a hostigarlo.

En la lengua inglesa usan mobbing para referirse a la presión desmedida y la violencia simbólica que se ejerce dentro del entorno laboral. La persona que sufre este acoso puede ser atormentada con comentarios malintencionados o escuchar de manera recurrente críticas exageradas sobre su desempeño o su capacidad. Por lo general, la intención del acosador es que la víctima renuncie al empleo o modifique su conducta, ya que ésta resulta contraria a sus intereses.

Por lo tanto , el acosador puede ejercer el mobbing contra alguien que aparece como una competencia o que podría desbancarlo de un lugar de poder. El acoso laboral también puede aparecer cuando el acosador pretende extorsionar a un trabajador.

Muchos y variados son los signos que pueden indicar que una persona está siendo víctima de acoso laboral en el trabajo. En concreto, entre los más frecuentes se hallan los siguientes:

• Recibe un trato por parte del presunto acosador totalmente diferente en comparación al resto de empleados.

• Es objeto de todo tipo de insultos, gritos y demás agresiones verbales.

• El acosador no duda en difundir rumores y falsedades acerca de la víctima, para menoscabar su imagen y reputación.

• La víctima se ve obligada a hacer frente a un importante volumen de trabajo por parte de la orden del acosador, quien además le otorga un tiempo mínimo para cumplirlo por lo que resulta imposible que lo llegue a completar.

• Quien comete el acoso laboral no duda en impedir que su víctima sea trasladada de departamento o pueda ascender. Es decir, coarta todos sus movimientos.

• La persona que sufre este problema ve como es continuamente ridiculizada por parte del “agresor”, quien además le oculta información para que no pueda realizar correctamente su trabajo y así luego pueda acusarla de negligencia.



Es importante diferenciar entre la presión normal que un jefe puede ejercer sobre un empleado y el acoso laboral. Si el responsable de una empresa no está conforme con el rendimiento de un trabajador, tiene derecho a hacérselo saber y hasta de sancionarlo. Sin embargo, si la autoridad falta el respeto (ya sea en privado o en público), exige el cumplimiento de metas imposibles de alcanzar o pone trabas al empleado para que no pueda desarrollar con eficiencia las tareas cotidianas, puede hablarse de acoso laboral.

Cabe destacar que la víctima de acoso laboral puede sufrir desde trastornos nerviosos (como depresión o estrés) hasta enfermedades psicosomáticas. Ante la imposibilidad de denunciar al acosador cuando éste es el responsable de la empresa y se desea conservar el trabajo, los expertos recomiendan adoptar una conducta asertiva que permita responder a los agravios pero evitando el enfrentamiento.





jueves, 3 de marzo de 2016

ACOSO SEXUAL

¿Que es?


El Acoso Sexual es un tipo de violencia, que se produce en el entorno con un comportamiento verbal, psicológico no deseado, con el propósito de destruir la dignidad o crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo. 



Este acoso es mucho más común para las mujeres que para los hombres ya que la mayoría de ellas no se pueden defender y menos si va acompañada de alguien 

Formas de abuso sexual:

Incesto: Es la práctica de sexo entre personas de la misma familia. Puede ser cometido por el padre, la madre, hermanos, tíos, etc. 

Explotación sexual: Se trata de una actividad ilegal en la que una persona es sometida de forma violenta a realizar actividades sexuales sin su consentimiento, y donde un tercero recibe un pago por ello. Son ejemplos de explotación el obligar a alguien a hacer pornografía o a prostituirse. 

Seducción: Es cuando se induce y persuade a alguien para modificar su opinión o hacerle adoptar un determinado comportamiento según la voluntad del que seduce. Se comete por un adulto a un menor de edad, ya que el primero abusa de su posición de superioridad para convencer a la otra persona para que realice alguna actividad sexual. 

Violación: Es la forma más grave de abuso sexual, pues se usa la fuerza para tener una relación sexual con la víctima sin su consentimiento. 


¿Que debes hacer para prevenirlo?


  • Si te sientes incómoda por cómo te toca alguien o por lo que te está diciendo, debes reaccionar de inmediato. Ponle un alto y niégate a colaborar. 
  • Absolutamente nadie, ni tus hermanos, primos, papás o demás familiares, tienen derecho a abusar de ti, así que no te dejes. 
  • No te pongas en riesgo, no hagas nada que se pueda interpretar como que quieres tener una relación sexual con alguien por querer coquetear un poco.
  • No permanezcas en la calle a altas horas de la noche o madrugada. 

  • No vayas sola por caminos ocultos. 
  • No te quedes a solas con alguien que no conoces bien. 
  • No des tus datos personales a nadie, ni en encuestas, ni en supuestas rifas que no sabes bien quien patrocina, ni en internet. 
  • Si te quedas de ver con alguien que conociste en internet, que sea en un lugar público, de día, y ve acompañada. 
  • Debes ser crítica a la hora de juzgar si alguien es realmente tu amigo o no, o si solo quiere sacar alguna ventaja de ti. 
  • Ten cuidado si buscas trabajo y te ofrecen algo muy sencillo, donde te pagarán muchísimo dinero sin gran esfuerzo. 
  • Nunca te vayas con alguna persona que dice conocerte a ti a tu familia y que te quiere recoger después de la escuela porque tu mamá no pudo llegar. 
  • Si vas a bailar, mantente cerca de tu grupo, y no hagas caso de gente que quiere llevarte a otro lugar para enseñarte algo o estar a solas contigo. 
  • No aceptes bebidas de extraños. Algunos abusadores drogan a sus víctimas agregando substancias a sus bebidas. 
  • Viste a la moda, pero checa el largo de tu falda y el tipo de escote que llevas. Aunque tú no quieras problemas, analiza si tu ropa dice lo mismo. 
NO TE QUEDES CALLADA: Tu puedes defenderte mediante estos derechos:

Derecho a la intimidad (Art.18.1 C.E)

El derecho a la integridad física y moral (Art. 15 C .E)

Derecho a la igualdad (Art.14 C.E)